Casos no esclarecidos
ANEXO
Incremento de Recompensa
DEL PINO BRISA CAROLINA
Que mediante conformidad prestada por la Fiscalía titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio
N° 11 del Departamento Judicial de La Matanza, en el marco de la Investigación Penal Preparatoria N°
05-00-55989-22/00, se avala el incremento del monto de la recompensa ofrecida en el Programa
Especial de Recompensas, destinada a quien aporte información fehaciente que contribuya a
determinar el paradero de Brisa Carolina DEL PINO;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas y la
Subsecretaría de Planificación e Inteligencia Criminal;
Que la Dirección General de Administración ha fijado la correspondiente imputación presupuestaria;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 15.477 y los Decretos N°
2.052/98 y N° 997/03;
ARTÍCULO 1°. Establecer que el monto de la recompensa públicamente ofrecida mediante la
Resolución N° 379/23 será fijado entre las sumas de pesos cinco millones ($ 5.000.000) y pesos diez
millones ($ 10.000.000), y será distribuido únicamente entre quienes aporten información fehaciente que
contribuya a determinar el paradero de Brisa Carolina DEL PINO (IPP N° 05-00-55989-22/00), cuyos
datos personales y demás circunstancias se detallan en el ANEXO (IF-2025-44118759-GDEBA-DPRPDMSGP), que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°. Solicitar al Ministerio de Comunicación Pública la difusión masiva del presente acto a
nivel nacional, local y en las áreas de influencia del hecho.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar a la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la
Provincia de Buenos Aires y la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 11 del Departamento Judicial
La Matanza, pasar a la Subsecretaría de Planificación e Inteligencia Criminal, a la Dirección Provincial
de Registro de Personas Desaparecidas, a la Dirección General de Administración y a la Dirección
Provincial de Análisis Informativo. Publicar, dar al Boletín Oficial, al SINDMA y al Boletín Informativo. Cumplido, archivar.
SE ASEGURA ESTRICTA RESERVA DE IDENTIDAD